April 6th, 2008

VINO DE LA TIERRA DE CASTILLA Y LEON, (CASTILLA Y LEON)

Posted by antonio in Vinos de la Tierra

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Fue en Junio del 2000, cuando la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León, regulaba el uso de la indicación geográfica “Vinos de la Tierra de Castilla y León”. Posteriormente, en Octubre de 2001, se modificó la orden del año anterior por la que se regula el uso de la indicación geográfica “Vino de Tierra de Castilla y León”. Todo esto fue promovido por un grupo de bodegueros que veían la necesidad de canalizar gran parte de del vino elaborado en estas tierras y aprovisionarse de uva de Castilla y León, garantizando la estabilidad de precios y la calidad de las uvas y de los vinos. Para ello, constituyeron, en el año 2000, la Asociación de Bodegas Elaboradoras y Embotelladoras de Vino de la Tierra de Castilla y León (ASOVINTCAL), donde todos sus miembros, provienen de la más rica tradición vitivinícola, que se remonta en muchos casos bodegas centenarias.

Se ha de cumplir que, toda la uva utilizada para la elaboración del vino procederá de municipios de Castilla y León incluidos en las zonas, con Denominación de Origen, con alguna mención de Vinos de la Tierra o con derecho a la utilización de mención geográfica, incluidos en los Anexos I y II de la Orden de Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 23 de Diciembre de 1999, o se encuentre ubicado en las zonas vitivinícolas que se recogen en la Orden de vinos de la Tierra de Castilla y León.

Variedades de uva autorizada:

- BLANCAS: la “albillo”, la “chelva”, la “doña blanca”, la “godello”, la “malvasía”, la “macabeo” (“viura”), la “moscatel de grano menudo”, la “palomino”, la “verdejo”, la “chardonnay” y la “sauvignon blanc”.

- TINTAS: la “juan garcia”, la “garnacha tinta”, la “garnacha roja”, la “garnacha tintorera” (“alicante”), la “graciano”, la “malbec”, la “mencia”, la “prieto picudo”, la “rufete”, la “tempranillo”, la “tinta de toro”, la “cabernet sauvignon”, la “merlot”, la “petit verdot”, la “pinot noir” y la “syrah”.

Los vinos de esta mención pueden ser: tintos, rosados y blancos, producidos y embotellados en bodegas ubicadas en Castilla y León. En su elaboración se han de emplear, exclusivamente, las variedades autorizadas y recomendadas, procedentes de aquellos lugares que contempla la Orden que regula los Vinos de Tierra de Castilla y León. El grado alcohólico volumétrico mínimo, tanto para los tintos como para los rosados y blancos, ha de ser de 11º.

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